Vender en España desde stock en Portugal
Lo que resuelve primero un vendedor que envía desde stock en Portugal a clientes en España: RAP de envases, etiquetas en español, RAEE y pilas.
Un vendedor que envía mercancía desde Portugal a clientes españoles se encuentra con tres capas nacionales además de las normas de la UE. Los envases se rigen por el Real Decreto 1055/2022, en vigor desde el 29 de diciembre de 2022, que obliga a los productores establecidos fuera de España a designar un representante autorizado para sus obligaciones en materia de envases. La información obligatoria del etiquetado debe figurar al menos en castellano conforme al artículo 18.3 del Real Decreto Legislativo 1/2007, y los productores de aparatos eléctricos se registran conforme al Real Decreto 110/2015, incluidos los que venden a distancia.
España es uno de los mercados que atiende un único stock en la UE, junto con el resto de Europa. Cada norma española tiene una referencia oficial, y cada una puede resolverse antes de que el primer envío salga de Portugal.
¿Necesita un vendedor de fuera de España un representante de envases?
Sí. El Real Decreto 1055/2022, de envases y residuos de envases, publicado en el BOE como BOE-A-2022-22690, establece la responsabilidad ampliada del productor para los envases en España. Su artículo 16 crea una sección específica, la sección de envases, dentro del Registro de Productores de Producto (RPP), el registro nacional de productores de producto.
El artículo 17.2 se refiere a los productores establecidos fuera de España. Estos designan un representante autorizado para cumplir sus obligaciones en materia de envases en España.
El real decreto también contempla el supuesto de que no se designe a nadie. Según la definición del artículo 2(t), si no se designa representante, la plataforma de comercio electrónico a través de la cual se venden los bienes pasa a ser el productor subsidiario, respecto de esos envases. Para un vendedor que utiliza marketplaces, el representante es, por tanto, una cuestión que hay que resolver antes del primer anuncio, no después.
¿Cuándo vence la declaración española de envases?
Antes del 31 de marzo de cada año. Las indicaciones del Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) sobre la sección de envases del RPP fijan este plazo para la declaración anual de los envases puestos en el mercado español.
Como la declaración recoge lo que se ha puesto en el mercado, los datos se recopilan desde la primera venta en España: los envases de cada producto y las unidades vendidas en España. Los pasos del registro, y cualquier plazo vinculado a la primera puesta en el mercado de envases, se confirman en la página del MITECO antes del primer envío.
¿Debe estar en español la información del producto?
Sí. El Real Decreto Legislativo 1/2007, aprobado el 16 de noviembre de 2007, es el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Su artículo 18.3 fija la regla lingüística.
- “Las indicaciones obligatorias del etiquetado y presentación de los bienes o servicios comercializados en España deberán figurar, al menos, en castellano, lengua española oficial del Estado.” Es decir, la información obligatoria del etiquetado y la presentación de los bienes vendidos en España debe figurar, como mínimo, en castellano.
“Al menos en castellano” significa que pueden figurar otras lenguas a su lado. Un envase multilingüe para Portugal, España y otros mercados es válido, siempre que el texto obligatorio en español esté completo. Las normas sectoriales añaden sus propios requisitos de etiquetado, como se explica para los cosméticos en mantener stock de cosméticos para el mercado de la UE.
¿Tengo que registrar los aparatos eléctricos en España?
Sí. El Real Decreto 110/2015, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, conocidos en España como RAEE, transpone la Directiva 2012/19/UE. Se publicó en el BOE el 21 de febrero de 2015.
- Conforme al artículo 8.1, los productores de aparatos eléctricos y electrónicos, o sus representantes autorizados, se inscriben en una sección especial del registro, el RII-AEE.
- El mismo artículo incluye expresamente a los productores que suministran aparatos mediante venta a distancia en territorio español.
- Un productor establecido en otro Estado miembro de la UE que vende aparatos en España designa un representante autorizado, tal como lo define el artículo 3(j).
Para un vendedor que envía desde stock en Portugal, el último punto es el práctico. El registro español se tramita a través del representante autorizado, de modo que el representante se elige antes del primer pedido.
¿Qué normas sobre pilas y textiles se aplican hoy en España?
En materia de pilas, la norma nacional española sigue siendo el Real Decreto 106/2008. El Reglamento (UE) 2023/1542, relativo a las pilas y baterías, se aplica directamente en toda la UE y deroga la Directiva 2006/66/CE, pero España sigue necesitando un real decreto para adaptar la mecánica de su registro y de su control. El MITECO celebró una consulta pública previa en 2023 y, en julio de 2026, sometió a información pública el propio proyecto de real decreto, con plazo de alegaciones hasta el 3 de septiembre de 2026. El texto sigue siendo un borrador, un Proyecto de Real Decreto. Hasta que se publique el nuevo real decreto, quien vende pilas, o aparatos que las contienen, comprueba ambos textos. Enviar baterías de litio desde un almacén de la UE trata la parte del transporte.
En textiles y calzado, la responsabilidad ampliada del productor aún no está en vigor en España. Un proyecto de real decreto se notificó a la Comisión Europea el 27 de mayo de 2026, y el periodo de statu quo de tres meses terminó el 28 de agosto de 2026. En el momento de redactar este texto, no se había publicado en el BOE. Quienes venden ropa y calzado siguen su publicación antes de definir su posición textil en España.
Un ejemplo resuelto
Supongamos que un fabricante de pequeños electrodomésticos de cocina de fuera de la UE despacha su stock a libre práctica a su llegada a Portugal y vende a consumidores españoles a través de su propia tienda online y de un marketplace. Los detalles son hipotéticos y solo ilustran el mecanismo.
Antes del primer pedido español, prepara cuatro cosas. Un representante autorizado para envases conforme al artículo 17.2, con la inscripción en la sección de envases del RPP, para que el marketplace no pase a ser el productor subsidiario. Un registro de los envases que pone en el mercado español, listo para la declaración que vence antes del 31 de marzo. Etiquetado e instrucciones en español, con la información obligatoria al menos en castellano. Y una inscripción en el RII-AEE a través de un representante autorizado, con las baterías de cualquier modelo inalámbrico comprobadas frente al Real Decreto 106/2008 y el Reglamento (UE) 2023/1542.
Después, los paquetes viajan desde Portugal como transporte nacional dentro de la UE, desde el mismo stock que atiende a clientes de otros Estados miembros. El IVA de esas ventas a consumidores es una cuestión aparte, tratada en OSS, IOSS, y lo que no cubren. Si, en cambio, es un distribuidor español quien compra la mercancía, quién se registra y quién declara qué es una cuestión del contrato de suministro, como se explica en qué preguntan los distribuidores europeos antes de firmar.
¿Qué comprueba el vendedor antes de la primera venta en España?
- Un representante autorizado para envases conforme al artículo 17.2, e inscripción en la sección de envases del RPP.
- Los datos para la declaración anual de envases, que vence antes del 31 de marzo.
- Información obligatoria de etiquetado y presentación al menos en español.
- Inscripción en el RII-AEE a través de un representante autorizado, cuando se venden aparatos eléctricos.
- Obligaciones sobre pilas conforme al Real Decreto 106/2008 y al Reglamento (UE) 2023/1542, y la situación del real decreto textil.
- Los datos del operador GPSR en el producto, para bienes de consumo.
Esta es información general, no asesoramiento jurídico. Las obligaciones nacionales de un producto concreto se confirman con el MITECO, el registro correspondiente y los asesores del vendedor.
Cómo funciona esto en EFC
La base de EFC en Portugal, gestionada con su socio logístico, mantiene el stock dentro de la UE y lo envía a clientes en España y en toda Europa, tras despacho a libre práctica. EFC no inscribe marcas en los registros españoles de productores de envases o de aparatos eléctricos, y no presta asesoramiento jurídico. Para productos de consumo, su función de Persona Responsable conforme al GPSR se describe en persona responsable, y los envíos de salida en fulfillment.
Fuentes
| Etiqueta | Valor | Fuente |
|---|---|---|
| RAP de envases | Real Decreto 1055/2022; en vigor desde el 29 de diciembre de 2022; artículo 16 sección de envases del RPP; artículo 17.2 representante autorizado; artículo 2(t) plataforma de comercio electrónico como productor subsidiario | BOE, Real Decreto 1055/2022, consultado el 8 de septiembre de 2026 |
| Declaración de envases | declaración anual antes del 31 de marzo | MITECO, Registro de Productores de Producto, sección de envases, consultado el 8 de septiembre de 2026 |
| Lengua española | Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre de 2007, artículo 18.3: al menos en castellano | BOE, Real Decreto Legislativo 1/2007, consultado el 8 de septiembre de 2026 |
| Registro RAEE | Real Decreto 110/2015, publicado el 21 de febrero de 2015; transpone la Directiva 2012/19/UE; artículo 8.1 inscripción en el RII-AEE, incluidos los vendedores a distancia; artículo 3(j) representante autorizado | BOE, Real Decreto 110/2015, consultado el 8 de septiembre de 2026 |
| Pilas, consulta | proyecto de real decreto que adapta el derecho español al Reglamento (UE) 2023/1542; consulta hasta el 11 de octubre de 2023; el Real Decreto 106/2008 sigue aplicándose | MITECO, consulta pública previa sobre el proyecto de real decreto de pilas, consultado el 8 de septiembre de 2026 |
| Pilas, situación | Proyecto de Real Decreto; el Reglamento (UE) 2023/1542 deroga la Directiva 2006/66/CE | PwC Periscopio Fiscal y Legal, el proyecto de real decreto de pilas, consultado el 8 de septiembre de 2026 |
| Pilas, información pública | proyecto de real decreto de pilas y baterías y sus residuos sometido a información pública; alegaciones hasta el 3 de septiembre de 2026 | Smartgridsinfo, información pública sobre el proyecto de real decreto de pilas, consultado el 8 de septiembre de 2026 |
| RAP textil | proyecto de real decreto notificado a la Comisión el 27 de mayo de 2026; statu quo terminado el 28 de agosto de 2026; no publicado en el BOE a 24 de septiembre de 2026 | Reconomy, real decreto de RAP textil en España, consultado el 8 de septiembre de 2026 |
| RAP textil, proyecto | información pública sobre el proyecto de textil y calzado | MITECO, información pública textil y calzado, consultado el 8 de septiembre de 2026 |