Marcas brasileñas que venden en Europa: qué resolver primero
Comercio UE-Brasil, la declaración DU-E, cosméticos en el CPNP, alimentos vía TRACES, notificación de complementos y portugués europeo frente a brasileño.
Una marca brasileña que vende en Europa resuelve dos frentes antes de su primera venta. En el lado brasileño, la exportación se declara en la DU-E a través del Portal Único Siscomex. En el lado de la UE, las normas de producto determinan qué debe estar listo antes de que la mercancía llegue al mercado: la notificación en el CPNP y una Persona Responsable establecida en la UE para los cosméticos, establecimientos incluidos en las listas y TRACES para los alimentos de origen animal, y las normas nacionales de notificación para los complementos alimenticios.
Estos pasos se aplican tanto si la marca vende a consumidores como si abastece a distribuidores.
¿Cuánto comercio hay entre la UE y Brasil?
Según la Comisión Europea, el comercio bilateral de mercancías entre la UE y Brasil alcanzó 87.100 millones de euros en 2025, con un superávit brasileño de 1.600 millones de euros. Brasil es el décimo socio comercial de la UE en mercancías. La UE es el segundo socio de Brasil después de China, con el 15,3% del comercio total brasileño.
La estructura es desigual. Los productos agrícolas representan el 42% de las exportaciones de Brasil a la UE, y los combustibles y productos mineros, sobre todo petróleo, el 27%, es decir, 11.900 millones de euros. En sentido contrario, la maquinaria y el material de transporte suponen el 40,9% de las exportaciones de la UE a Brasil, y los productos químicos el 28,7%. El comercio de servicios creció un 71% entre 2021 y 2025.
Desde el 1 de mayo de 2026 se aplica provisionalmente el Acuerdo Comercial Provisional UE-Mercosur, y la UE elimina los derechos sobre el 92% de sus importaciones procedentes de Mercosur, línea a línea. Brasil no es beneficiario del SPG de la UE, por lo que una línea fuera de las reducciones paga los derechos normales. El detalle está en el acuerdo UE-Mercosur: qué cambia para los importadores.
¿Qué presenta un exportador brasileño antes de que salga la mercancía?
El Declaração Única de Exportação (DU-E), presentada a través del Portal Único Siscomex. Según la Receita Federal, la DU-E es un documento electrónico único que recoge los datos aduaneros, administrativos, comerciales, financieros, fiscales y logísticos de la exportación. Sustituyó a tres declaraciones anteriores: el RE, la DE y la DSE.
La DU-E suele generarse a partir de la factura electrónica, la NF-e. También puede basarse en una factura proforma o presentarse sin factura en los casos previstos por la ley. Las descripciones y los valores de los productos viajan después al importador de la UE en los documentos comerciales.
¿Qué necesita una marca brasileña de cosmética antes de vender en la UE?
Dos cosas. Conforme al Reglamento (CE) 1223/2009, un producto cosmético se notifica en el Portal de Notificación de Productos Cosméticos (CPNP) antes de su introducción en el mercado de la UE o en el momento de esta. Una vez notificado de forma centralizada, no se necesita ninguna otra notificación nacional dentro de la UE. Los productos que contienen nanomateriales requieren una notificación aparte conforme al artículo 16, además de la notificación ordinaria del artículo 13.
La notificación la realiza la Responsible Person, una persona física o jurídica establecida en la UE. Una marca de Brasil la designa antes de introducir sus productos en el mercado de la UE. Se trata de una figura propia de los cosméticos conforme al Reglamento 1223/2009, distinta de la Persona Responsable del GPSR para productos de consumo en general. La gestión del stock y de los lotes de cosméticos se trata en mantener stock de cosméticos para el mercado de la UE.
¿Pueden exportarse a la UE alimentos brasileños de origen animal?
Sí, desde establecimientos autorizados. Para los productos de origen animal, el establecimiento brasileño lo autoriza primero la autoridad competente de Brasil. Después debe figurar en la lista publicada por la Comisión Europea de establecimientos autorizados de fuera de la UE antes de poder exportar a la UE. Las listas se elaboran con los datos que la autoridad del país exportador introduce en TRACES-NT.
TRACES es la plataforma en línea de la UE para la certificación sanitaria y fitosanitaria necesaria para importar animales, productos animales, alimentos y piensos de origen no animal, y plantas. Los controles a la llegada se tratan en importar alimentos a la UE: controles en frontera.
¿Hay que notificar los complementos alimenticios en la UE?
Depende del Estado miembro. El artículo 10 de la Directiva 2002/46/CE establece que los Estados miembros pueden exigir al fabricante, o a quien comercializa el producto, que lo notifique a la autoridad competente y le remita un modelo de la etiqueta. La Directiva no fija ninguna autorización previa a la comercialización a escala de la UE.
En la práctica, las normas varían según el país. Portugal, por ejemplo, exige que el operador lo notifique a la DGAV antes de vender allí un complemento. Una marca que vende en varios países comprueba cada norma nacional, como se explica en vender complementos alimenticios en la UE.
¿Sirve el portugués de Brasil en los envases vendidos en Portugal?
Es más una cuestión de adecuación al mercado que una cuestión legal. Portugal y Brasil comparten el portugués, pero el portugués europeo y el brasileño difieren en vocabulario, en convenciones ortográficas y en parte de la terminología reglamentaria.
Ningún reglamento de la UE revisado para este artículo prohíbe el portugués de Brasil en un envase vendido en Portugal. Lo que importa es cómo leen las etiquetas, las instrucciones y las fichas de producto los consumidores y los compradores profesionales portugueses. Una marca que se lanza en Portugal puede hacer revisar esos textos por un lector de portugués europeo antes del lanzamiento.
Un ejemplo resuelto
Supongamos que una marca brasileña de cuidado capilar vende un champú y un complemento capilar a consumidores de Portugal y España desde stock en la UE. Los detalles son hipotéticos y solo ilustran el mecanismo.
Antes de la primera venta en la UE, la marca designa una Persona Responsable de cosméticos establecida en la UE, que notifica el champú en el CPNP. Para el complemento, comprueba las normas de notificación de Portugal y de España. Cada exportación se declara en una DU-E generada a partir de la NF-e, y la mercancía se despacha a libre práctica a su llegada a Portugal. Un lector de portugués europeo revisa las etiquetas y las fichas de producto en portugués.
Las ventas a consumidores españoles se declaran después a través del OSS. Si más adelante un minorista español compra al por mayor, esa venta B2B está exenta conforme al artículo 138 de la Directiva del IVA, como se explica en ventas B2B exentas desde stock en Portugal.
¿Qué comprueba una marca brasileña antes de su primera venta en la UE?
- El trámite de la DU-E en Siscomex y documentos de exportación coherentes con la NF-e.
- Para los cosméticos, una Persona Responsable establecida en la UE y la notificación en el CPNP, con notificación conforme al artículo 16 para los nanomateriales.
- Para los alimentos de origen animal, la inclusión del establecimiento en la lista de la Comisión.
- Para los complementos, la norma de notificación de cada país de venta.
- Los derechos de la UE sobre cada línea de producto, incluida cualquier preferencia de Mercosur.
- Textos para Portugal revisados en portugués europeo.
Esto es información general, no asesoramiento jurídico. Las normas de producto para un artículo concreto se confirman con la autoridad competente y los asesores de la marca.
Cómo funciona esto en EFC
La base de EFC en Portugal, gestionada con su socio logístico, recibe mercancía de Brasil, la despacha a libre práctica a su llegada y mantiene el stock para pedidos de toda Europa, como se describe en despacho a libre práctica. EFC se encarga de la representación fiscal y del OSS para las ventas a consumidores. EFC no es Persona Responsable de cosméticos conforme al Reglamento 1223/2009, y la marca designa la suya. Para los productos de consumo incluidos en el ámbito, la función de EFC como Persona Responsable del GPSR se describe en persona responsable, y el stock de cosméticos en cosméticos. EFC no presta asesoramiento jurídico.
Fuentes
| Etiqueta | Valor | Fuente |
|---|---|---|
| Comercio UE-Brasil | 87.100 millones de euros en mercancías en 2025; superávit de 1.600 millones de euros; décimo socio de la UE; la UE supone el 15,3% del comercio de Brasil | Comisión Europea, relaciones comerciales de la UE con Brasil, consultado el 29 de julio de 2026 |
| Estructura del comercio | De Brasil a la UE: agricultura 42%, combustibles y minería 27% (11.900 millones de euros); de la UE a Brasil: maquinaria y transporte 40,9%, productos químicos 28,7%; servicios +71% de 2021 a 2025 | Comisión Europea, relaciones comerciales de la UE con Brasil, consultado el 29 de julio de 2026 |
| Mercosur | iTA aplicado provisionalmente desde el 1 de mayo de 2026; la UE elimina los derechos sobre el 92% de las importaciones de Mercosur | Access2Markets, aplicación del acuerdo comercial provisional UE-Mercosur, consultado el 29 de julio de 2026 |
| SPG | Brasil no figura entre los beneficiarios actuales del Sistema de Preferencias Generalizadas de la UE | GSP Hub, países beneficiarios, consultado el 29 de julio de 2026 |
| DU-E | declaración electrónica única de exportación a través del Portal Único Siscomex; sustituyó al RE, la DE y la DSE; suele generarse a partir de la NF-e | Receita Federal, a Declaração Única de Exportação, consultado el 29 de julio de 2026 |
| CPNP | notificación antes de la introducción en el mercado o en el momento de esta; la realiza la Persona Responsable; notificación aparte conforme al artículo 16 para los nanomateriales | Comisión Europea, portal de notificación de productos cosméticos, consultado el 29 de julio de 2026 |
| Responsible Person | las marcas de cosmética de fuera de la UE designan una Persona Responsable establecida en la UE | Care Europe, Persona Responsable en la UE conforme al Reglamento 1223/2009, consultado el 29 de julio de 2026 |
| Establecimientos autorizados | autorización de la autoridad del país exportador y, después, inclusión en la lista de la Comisión | Comisión Europea, establecimientos autorizados de países de fuera de la UE, consultado el 29 de julio de 2026 |
| TRACES | plataforma de certificación sanitaria y fitosanitaria; listas elaboradas con datos de TRACES-NT | Comisión Europea, TRACES y Módulos de TRACES, consultado el 29 de julio de 2026 |
| Complementos, norma de la UE | los Estados miembros pueden exigir la notificación con un modelo de etiqueta | Directiva 2002/46/CE, artículo 10, texto de la UE en legislation.gov.uk, consultado el 29 de julio de 2026 |
| Complementos, Portugal | notificación a la DGAV antes de la venta | DGAV, procedimento de notificação de suplementos alimentares, consultado el 29 de julio de 2026 |