Vender en Europa sin una empresa en la UE
¿Puede una empresa de fuera de la UE vender en Europa sin una entidad en la UE? Qué permite una parte dentro de la UE, y qué sigue exigiendo la ley.
Una empresa de fuera de la UE puede vender en Europa sin constituir una empresa europea. Lo que exige el Derecho de la UE es que determinados papeles los asuma una parte establecida en la UE. Son el declarante en la importación, un representante a efectos del IVA cuando un Estado miembro lo exige y, para los productos de consumo, un operador económico responsable. El fabricante no tiene que estar establecido. Alguien en cada uno de esos papeles, sí.
Supongamos que un fabricante de bombas industriales, establecido fuera de la UE, tiene sus primeros pedidos europeos. No tiene ningún deseo de abrir una filial antes de conocer el mercado. Necesita cuatro respuestas. ¿Qué nombre figura en la importación? ¿Quién se registra a efectos del IVA? ¿Quién responde del producto? ¿Y dónde está el stock? Cada una tiene una respuesta legal, y ninguna es «primero constituya una empresa».
¿Qué nombre figura en la importación?
Conforme al artículo 170, apartado 2, del Código Aduanero de la Unión, Reglamento (UE) n.º 952/2013, «el declarante deberá estar establecido en el territorio aduanero de la Unión». Una empresa sin establecimiento en la UE importa a través de un representante aduanero establecido en la UE que presenta la declaración en su propio nombre (artículo 18). Conforme al artículo 77, apartado 3, ambos son entonces deudores de la deuda aduanera. El Reglamento (UE) 2026/2108, adoptado el 16 de septiembre de 2026, sustituye a ese código, y la mayoría de sus disposiciones se aplicarán a partir del 21 de septiembre de 2027. Los artículos citados aquí son los que se aplican hoy.
El sector llama a esa parte importer of record; por qué los agentes dudan en asumir el papel se explica en Importer of Record sin entidad en la UE, y el número EORI que la empresa también necesita, en qué es un número EORI y qué no es.
¿Necesito un registro de IVA en la UE?
En la mayoría de los casos, sí, y puede mantenerse sin una empresa. En Portugal, el artículo 2.º n.º 1 b) del Código do IVA fija quién debe el IVA en las importaciones. Convierte en sujetos pasivos del IVA a «as pessoas singulares ou colectivas que, segundo a legislação aduaneira, realizem importações de bens». En español, eso es cualquiera que, según el Derecho aduanero, realice importaciones de bienes. Una empresa cuyo stock se importa en Portugal por su cuenta está, por tanto, dentro del sistema portugués del IVA.
Las empresas no residentes sin sede, establecimiento permanente ni domicilio en ningún Estado miembro «estão obrigados a nomear um representante» (artigo 30.º n.º 2). En español, deben nombrar un representante. El representante debe el IVA correspondiente a las operaciones (n.º 3), y la empresa responde solidariamente con él (n.º 5). La base en el Derecho de la UE es el artículo 204, apartado 1, de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, la Directiva del IVA, que permite a los Estados miembros designar a un representante fiscal como deudor del impuesto. La norma portuguesa se explica en quién necesita un representante fiscal en Portugal y en representación fiscal.
Las ventas a consumidores de otros Estados miembros pueden declararse entonces a través de la ventanilla única (OSS). La página de registro de la Comisión indica que un sujeto pasivo no establecido en la UE se registra en el «Estado miembro desde el que se expiden los bienes». Esa persona queda vinculada por esa elección «durante el año natural en curso y los dos años naturales siguientes». También «recibirá un número de IVA del Estado miembro de identificación antes de registrarse en el régimen». Un vendedor establecido fuera de la UE no puede utilizar el umbral de 10.000 euros, reservado a los proveedores establecidos en un solo Estado miembro. Sus ventas a consumidores llevan, por tanto, el IVA del cliente desde el primer euro. Los límites del régimen están en OSS, IOSS, y lo que no cubren.
¿Quién responde del producto?
Para los productos de consumo, el Reglamento General de Seguridad de los Productos, Reglamento (UE) 2023/988, añade un tercer papel. La guía del Gobierno del Reino Unido sobre el Reglamento, tal como se aplica en Irlanda del Norte, resume el artículo 16. Los productos solo pueden introducirse en el mercado «si existe un operador económico responsable establecido en Irlanda del Norte o en la UE». Ese operador es el fabricante si está establecido allí, o un representante autorizado. También puede ser el importador cuando el fabricante no está establecido o, en último término, un prestador de servicios de logística. Lo que implica el papel se explica en GPSR y la Responsible Person, explicado.
Los productos sanitarios siguen su propia norma. Artículo 11, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/745: “Si el fabricante de un producto no está establecido en un Estado miembro, el producto solo podrá introducirse en el mercado de la Unión si el fabricante designa a un único representante autorizado.” Se trata de una designación aparte, conforme a una normativa aparte.
¿Dónde está el stock?
Nada en estas normas exige que el stock esté en las instalaciones propias del vendedor. Puede mantenerse en un almacén dentro de la UE gestionado por otro, normalmente despachado a libre práctica a su llegada. O se mantiene en régimen de depósito aduanero cuando las mercancías son de mayor valor y se mueven en volúmenes más pequeños, con cada despacho como su propio devengo. Una vez despachadas, los pedidos se envían dentro del mercado único sin ningún trámite aduanero, como vender en 27 mercados de la UE con una sola importación .
Lo que sigue necesitando presencia en la UE
En conjunto, los papeles que necesitan una parte establecida en la UE son estos:
| Papel | Norma | Debe estar establecido en la UE |
|---|---|---|
| Declarante en la importación | CAU, artículo 170, apartado 2 | el declarante |
| Representante aduanero | CAU, artículo 18, apartado 2 | el representante |
| Representante a efectos del IVA, Portugal | Código do IVA, artigo 30.º n.º 2 | el representante, registrado a efectos del IVA en Portugal |
| Operador económico responsable, productos de consumo | Reglamento (UE) 2023/988, artículo 16 | el operador |
| Representante autorizado, productos sanitarios | Reglamento (UE) 2017/745, artículo 11, apartado 1 | el representante |
Ninguno exige que el fabricante esté establecido. Cada uno exige a alguien que lo esté, y cada uno conlleva una responsabilidad real. Por eso la parte que asume el papel necesita ver y controlar la mercancía.
Algunas cuestiones no las resuelven en absoluto estas normas. Si la actividad en un Estado miembro crea un establecimiento permanente a efectos del impuesto sobre beneficios es un asunto aparte, regido por el Derecho nacional y los convenios fiscales.
Cómo funciona esto en EFC
EFC ayuda a empresas de fuera de la UE a operar y crecer en Europa. Para una empresa sin entidad en la UE, la operación de EFC en Portugal, gestionada con su socio logístico, mantiene el stock. También puede asumir los papeles anteriores que necesitan una parte establecida en la UE. Esos papeles son Importer of Record en las importaciones, representación fiscal en Portugal y, para los productos de consumo que gestiona, el papel de Responsible Person . Para los productos sanitarios, EFC no actúa como representante autorizado.
EFC no constituye empresas. Si más adelante tiene sentido una filial, una vez que el mercado haya respondido, es una cuestión para el cliente y sus propios asesores.
Antes de presentar cualquier registro
Las normas anteriores describen cómo se construyen los papeles, no cómo se aplican a una empresa concreta. Eso depende de sus circunstancias, y las autoridades competentes deciden cada registro y cada declaración. Nada de lo expuesto constituye asesoramiento jurídico ni fiscal.
Fuentes
| Dato | Valor | Fuente |
|---|---|---|
| El declarante debe estar establecido en la UE | “El declarante deberá estar establecido en el territorio aduanero de la Unión”; excepciones para el tránsito, la importación temporal, las declaraciones ocasionales y ciertos casos de territorios adyacentes | Reglamento (UE) n.º 952/2013, artículo 170, versión adoptada, en EUR-Lex, consultado el 2026-09-21 |
| Representación aduanera | definición de representación directa e indirecta; representante establecido en el territorio aduanero de la Unión | Reglamento (UE) n.º 952/2013, artículo 18, versión adoptada, en EUR-Lex, consultado el 2026-09-21 |
| Deudor | el declarante es el deudor; en la representación indirecta, la persona por cuya cuenta se hace la declaración también es deudora | Reglamento (UE) n.º 952/2013, artículo 77, versión adoptada, en EUR-Lex, consultado el 2026-09-21 |
| EORI para operadores de fuera de la UE | registro en el país de la UE de la primera operación aduanera; un único número válido por persona | Comisión Europea, número EORI, consultado el 2026-09-21 |
| Portugal, los importadores son sujetos pasivos del IVA | personas que, según la legislación aduanera, realizan importaciones de bienes | Código do IVA, artigo 2.º, Portal das Finanças, consultado el 2026-09-21 |
| Portugal, representante a efectos del IVA | obligatorio para no residentes sin establecimiento en ningún Estado miembro; el representante debe el IVA; la empresa responde solidariamente | Código do IVA, artigo 30.º, Portal das Finanças, consultado el 2026-09-21 |
| Base en el Derecho de la UE para un representante fiscal | los Estados miembros pueden designar a un representante fiscal como deudor del impuesto | Directiva 2006/112/CE, artículo 204, texto de la UE en EUR-Lex, consultado el 2026-09-21 |
| Registro en el OSS para vendedores de fuera de la UE | Estado miembro de expedición; elección vinculante para el año natural en curso y los dos siguientes; un vendedor no establecido en la UE recibe un número de IVA del Estado miembro de identificación antes de registrarse | Comisión Europea, registro en el OSS, consultado el 2026-09-21 |
| Umbral de 10.000 euros | exige establecimiento en un solo Estado miembro | Comisión Europea, La ventanilla única (OSS), consultado el 2026-09-21 |
| Operador económico responsable, productos de consumo | productos introducidos en el mercado solo si existe un operador económico responsable establecido en Irlanda del Norte o en la UE; fabricante, representante autorizado, importador o prestador de servicios de logística | Gobierno del Reino Unido, EU Regulation 2023/988 on general product safety: detailed guidance (tal como se aplica en Irlanda del Norte), consultado el 2026-09-21 |
| Nuevo Código Aduanero de la Unión | Reglamento (UE) 2026/2108, adoptado el 16 de septiembre de 2026, en vigor desde el 20 de septiembre de 2026, con la mayoría de sus disposiciones aplicables a partir del 21 de septiembre de 2027 | Comisión Europea, reforma aduanera de la UE, consultado el 2026-09-21 |
| Productos sanitarios, representante autorizado | un fabricante no establecido en un Estado miembro designa a un único representante autorizado | Reglamento (UE) 2017/745, artículo 11, versión adoptada, en EUR-Lex, consultado el 2026-09-21 |